Abogados de Derechos Civiles en Nueva York

Abogados de Fuerza Excesiva en Nueva York

La Cuarta Enmienda permite a la policía usar solo fuerza razonable. Cuando usan más, usted tiene un reclamo. Explicamos la ley con claridad y luchamos para responsabilizar a los oficiales.

  • Sin honorarios a menos que ganemos
  • 30+ años · $18.5M veredicto máximo
  • Gratis y confidencial · 24/7

La fuerza excesiva es la fuerza policial que un oficial razonable no habría usado en la misma situación, juzgada por la razonabilidad objetiva bajo la Cuarta Enmienda. Puede demandar bajo 42 U.S.C. §1983. Los oficiales pueden invocar la inmunidad calificada, pero esa defensa no protege la fuerza que viola derechos claramente establecidos.

La policía puede usar fuerza, pero solo hasta cierto punto. La Constitución traza la línea en lo que es razonable, y la fuerza que la cruza es una violación de fuerza excesiva por la que puede demandar. Estos casos son una parte central de lo que hace nuestra firma, y los hemos manejado en todo Nueva York por más de 30 años.

Las dos ideas que necesita entender son la razonabilidad objetiva y la inmunidad calificada. Ambas suenan complicadas. Ninguna tiene que serlo.

El estándar: razonabilidad objetiva

La fuerza excesiva se juzga por la razonabilidad objetiva bajo la Cuarta Enmienda. La pregunta que hace un tribunal no es qué estaba pensando o sintiendo el oficial. Es si un oficial razonable, enfrentando los mismos hechos en el mismo momento, habría usado esa cantidad de fuerza.

Los tribunales sopesan factores como:

  • Qué tan grave era el delito sospechado
  • Si usted representaba una amenaza inmediata para los oficiales o para cualquier otra persona
  • Si estaba resistiéndose activamente o tratando de huir
  • Si había opciones menos violentas disponibles

Como la prueba es objetiva, las buenas intenciones del oficial no salvan la fuerza irrazonable, y su propio estado mental no es el punto. Lo que importa es la conducta medida contra lo que un oficial razonable habría hecho. La fuerza aplicada después de que usted está esposado o ya sometido es un ejemplo común de fuerza que ningún oficial razonable necesitaba usar.

Cómo encaja la fuerza excesiva con otros reclamos

La fuerza excesiva se superpone en gran medida con la brutalidad policial, que es realmente fuerza excesiva que deja a alguien gravemente lesionado. Cuando el arresto en sí carecía de causa probable, un reclamo de arresto falso puede correr junto a él. Muchos de nuestros casos involucran más de uno de estos a la vez.

La inmunidad calificada, explicada con claridad

Escuchará la frase inmunidad calificada, y ahuyenta a las personas. Aquí está lo que realmente significa. La inmunidad calificada es una defensa que puede proteger a un oficial de una demanda §1983 a menos que el oficial haya violado un derecho constitucional claramente establecido, uno que un oficial razonable habría sabido que estaba infringiendo.

En la práctica, los abogados del oficial argumentan que la ley no era lo suficientemente clara para poner al oficial sobre aviso. Nuestro trabajo es demostrar lo contrario: que lo que hizo el oficial estaba tan claramente fuera de los límites que cualquier oficial razonable habría sabido que violaba sus derechos. La inmunidad calificada es un obstáculo real, pero no es un muro. Los tribunales la dejan de lado cuando la mala conducta es clara, y parte de construir su caso es alinear los hechos y los fallos previos que la derrotan.

El reclamo federal y sus plazos

Los reclamos de fuerza excesiva se tramitan a través de 42 U.S.C. §1983, el estatuto federal para violaciones constitucionales por parte de actores gubernamentales. La Sección 1983 puede permitir la recuperación de honorarios de abogados y daños punitivos contra oficiales individuales. El reclamo generalmente conlleva un plazo de prescripción de tres años en Nueva York y no está sujeto a la regla del Aviso de Reclamo.

Sin embargo, cuando lo combinamos con reclamos bajo la ley estatal, el plazo estatal ajustado controla: un Aviso de Reclamo dentro de los 90 días contra la Ciudad, el NYPD o una municipalidad, la demanda dentro de un año y 90 días, y usualmente una audiencia 50-h primero. Aquí está el proceso del Aviso de Reclamo.

Qué recuperamos y cómo trabajamos

Los daños pueden cubrir sus lesiones, facturas médicas, ingresos perdidos y el daño emocional de haber sido brutalizado, además de daños punitivos contra los oficiales cuando la conducta lo justifica. En un caso de brutalidad policial, nuestra firma obtuvo un veredicto de $900,000, incluyendo $500,000 en daños punitivos. Los resultados previos no garantizan un resultado similar.

Sullivan & Brill es dirigida por socios, con ocho oficinas en todo Nueva York. Un socio maneja su caso, y nos comprometemos a representarlo como uno de los nuestros. Trabajamos por contingencia, así que no hay honorarios a menos que recuperemos para usted, y la consulta es gratuita y confidencial. Estamos aquí las 24 horas, los 7 días. Contáctenos o lea nuestra descripción general de derechos civiles para saber más.

Preguntas sobre fuerza excesiva que hacen los neoyorquinos

¿Qué hace que la fuerza sea excesiva?

La fuerza es excesiva cuando un oficial razonable que enfrenta los mismos hechos no la habría usado. Los tribunales sopesan la gravedad del delito, la amenaza que usted representaba y si se estaba resistiendo, todo bajo un estándar objetivo.

¿Significa la inmunidad calificada que no puedo demandar?

No. La inmunidad calificada es una defensa, no una barrera. Falla cuando el oficial violó un derecho claramente establecido que un oficial razonable habría conocido. La mala conducta clara puede superarla.

¿Importa la intención del oficial?

Para el reclamo central, no. La prueba es la razonabilidad objetiva, no la intención subjetiva del oficial. La intención todavía puede importar para los daños punitivos contra el oficial.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar?

Un reclamo federal §1983 de fuerza excesiva generalmente permite tres años en Nueva York. Los reclamos estatales contra una municipalidad requieren un Aviso de Reclamo dentro de los 90 días y la demanda dentro de un año y 90 días.

¿Cuánto cuesta contratarlos?

Manejamos estos casos por contingencia. No paga ningún honorario a menos que recuperemos para usted, y la consulta inicial es gratuita y confidencial.

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