Abogados de Responsabilidad de Locales y Resbalón y Caída en Nueva York

Abogados de Accidentes en Aceras en Nueva York

Una losa levantada o un bordillo desmoronado envía a miles a la sala de emergencias cada año. En la Ciudad de Nueva York, una ley específica suele decidir quién es responsable.

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En la Ciudad de Nueva York, el Código Administrativo §7-210 hace responsable al propietario del inmueble adyacente —no a la ciudad— de mantener la mayoría de las aceras. Identificamos al demandado correcto, probamos el defecto y el conocimiento, y preservamos los estrictos plazos del Aviso de Reclamo cuando la ciudad es responsable.

Las caídas en aceras parecen menores hasta que se ven las lesiones: una muñeca destrozada al extenderla para amortiguar la caída, una cadera rota, una lesión en la cabeza de bruces. Una losa de concreto levantada, un trozo de pavimento faltante, una rejilla hundida en un alcorque de árbol. La pregunta clave en la Ciudad de Nueva York casi siempre es la misma: ¿quién era legalmente responsable de esa acera?

Código Administrativo de NYC §7-210

Durante años, la Ciudad de Nueva York fue el demandado por defecto en los defectos de las aceras. Eso cambió. Bajo el Código Administrativo §7-210, el deber de mantener la mayoría de las aceras —y la responsabilidad por lesiones derivadas de no hacerlo— pasó al propietario del inmueble adyacente. Así que si se cayó en una acera rota frente a un edificio comercial o edificio de apartamentos, su reclamo por lo general va contra ese propietario, no contra la ciudad.

Hay excepciones importantes. La regla generalmente no traslada la responsabilidad para viviendas de una, dos y tres familias ocupadas por el propietario y usadas exclusivamente como residencias; para esas, la ciudad todavía puede ser responsable. Y la ciudad sigue siendo responsable de los defectos que ella creó o de las aceras contiguas a propiedad municipal. Determinar el demandado correcto es el primer paso, y equivocarse puede hundir el caso.

La trampa del aviso previo por escrito de la ciudad

Cuando la ciudad es el demandado correcto, Nueva York generalmente exige un aviso previo por escrito del defecto —a menudo a través del mapa de baches Big Apple o una queja formal— antes de que se pueda responsabilizar a la ciudad. Verificamos si ese aviso existe. Y cualquier reclamo contra la ciudad requiere un Aviso de Reclamo dentro de 90 días de la caída.

Lo que debe probar

  • Que existía un defecto: los tribunales a menudo analizan si el diferencial de altura es trivial o accionable; incluso un pequeño reborde puede ser accionable según las circunstancias
  • Que la parte responsable tuvo conocimiento y tiempo para reparar
  • Que el defecto causó su caída y lesión

A los abogados de la defensa les encanta el argumento del “defecto trivial”, alegando que la falla era demasiado pequeña para importar. Nosotros lo contrarrestamos con mediciones, fotografías que muestran las condiciones circundantes, la iluminación y la geometría exacta del peligro.

Factores de valor

  • Gravedad y permanencia de la lesión
  • Cirugía y cuidado futuro
  • Salarios perdidos y capacidad de generar ingresos
  • Qué tan claramente estén documentados el defecto y el aviso

Actuamos con rapidez para fotografiar la acera antes de que sea reparada —una táctica común que puede eliminar la evidencia— y para identificar al propietario adyacente. Los reclamos por aceras se conectan estrechamente con nuestro trabajo de nieve y hielo, ya que el §7-210 también cubre la remoción de nieve, y con la práctica más amplia de responsabilidad de locales. Para una revisión gratuita, contáctenos.

Preguntas sobre accidentes en aceras que hacen los neoyorquinos

¿Demando a la ciudad o al propietario?

En la Ciudad de Nueva York, el Código Administrativo §7-210 generalmente hace responsable al propietario del inmueble adyacente por los defectos de la acera. La ciudad todavía puede ser responsable en viviendas pequeñas ocupadas por el propietario, defectos que ella creó, o aceras contiguas a propiedad municipal.

Dicen que el defecto era demasiado pequeño para demandar. ¿Es cierto?

No necesariamente. Nueva York no tiene un mínimo fijo. Los tribunales sopesan la diferencia de altura junto con la iluminación, la ubicación y las condiciones circundantes. Incluso un pequeño reborde puede ser accionable según los hechos.

¿Qué pasa si la ciudad es responsable?

Entonces por lo general necesita un aviso previo por escrito del defecto en archivo, y debe notificar un Aviso de Reclamo dentro de 90 días. Estos requisitos son estrictos, así que llame pronto.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar mi reclamo?

Generalmente tres años contra un propietario privado, pero solo 90 días para un Aviso de Reclamo contra la ciudad. Debido a que el plazo correcto depende del demandado, hable con un abogado pronto.

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