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Cómo Presentar un Aviso de Reclamo Contra la Ciudad de Nueva York

Demandar a la Ciudad o al NYPD comienza con un plazo corto y estricto: un Aviso de Reclamo dentro de los 90 días. Aquí le explicamos exactamente qué es, qué incluye y cómo funciona el proceso.

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Para presentar un Aviso de Reclamo contra la Ciudad de Nueva York, entregue un aviso por escrito a la Ciudad (a través del Contralor de la Ciudad de Nueva York) dentro de los 90 días del incidente. Debe indicar su nombre, el reclamo y dónde, cuándo y cómo ocurrió. Luego podría enfrentar una audiencia 50-h, y debe presentar la demanda dentro de un año y 90 días.

Si una agencia de la Ciudad de Nueva York, el NYPD u otra municipalidad lo lesionó o violó sus derechos, no puede simplemente presentar una demanda. La ley estatal lo obliga a dar un primer paso requerido, y viene con un plazo corto que sorprende a las personas. Ese paso es el Aviso de Reclamo. Si lo pierde, su caso bajo la ley estatal puede terminar antes de comenzar.

Esta página explica qué es un Aviso de Reclamo, qué debe decir y los plazos que le siguen, en lenguaje sencillo.

Qué es un Aviso de Reclamo

Un Aviso de Reclamo es un documento formal por escrito que le informa a un demandado gubernamental que usted tiene la intención de demandar y por qué. Su propósito es darle a la Ciudad una oportunidad temprana de investigar mientras los hechos están frescos. No es la demanda en sí. Es el requisito previo que exige la ley antes de que se le permita demandar a la mayoría de los demandados municipales en Nueva York.

El plazo de 90 días

La regla central: debe entregar el Aviso de Reclamo dentro de los 90 días del incidente. Este es el plazo que sorprende a las personas. Noventa días no es mucho, y comienza a correr desde la fecha en que fue lesionado. Por eso, lo más importante que puede hacer es actuar temprano, antes de que se cierre la ventana.

Qué debe incluir el aviso

El Aviso de Reclamo debe darle a la Ciudad suficiente información para investigar. Como mínimo debe indicar:

  • Su nombre y dirección (y los de su abogado, si tiene uno)
  • La naturaleza del reclamo, es decir, lo que la Ciudad o sus empleados hicieron
  • Dónde ocurrió el incidente
  • Cuándo ocurrió, la fecha y la hora
  • Cómo ocurrió, descrito con claridad
  • Las lesiones o daños que sufrió

Los avisos vagos o incompletos causan problemas reales, así que los detalles importan. Esta es una razón por la que las personas contratan a un abogado en esta etapa en lugar de después.

Dónde y cómo entregarlo

Un Aviso de Reclamo contra la Ciudad de Nueva York generalmente se entrega al Contralor de la Ciudad de Nueva York. Otras municipalidades, condados y autoridades públicas tienen cada uno su propia parte correcta a quien entregarlo, y entregarlo a la entidad equivocada puede desperdiciar el plazo. Confirmar a quién entregarlo, y hacerlo correctamente, es parte de hacer esto bien.

La audiencia 50-h

Después de que entrega el aviso, la Ciudad a menudo exige una audiencia 50-h. Es un interrogatorio bajo juramento, nombrado por el estatuto que lo autoriza, en el que el abogado de la Ciudad le hace preguntas sobre lo que ocurrió antes de que avance cualquier demanda. Es un paso serio. Lo que usted diga queda registrado, así que llegar preparado, idealmente con un abogado, importa mucho.

Plazos según el demandado

No todos los plazos son iguales, que es exactamente por lo que estos casos hacen tropezar a las personas.

  1. Reclamos bajo la ley estatal contra la Ciudad o una municipalidad: Aviso de Reclamo dentro de los 90 días, luego presentar la demanda dentro de un año y 90 días del incidente, con una posible audiencia 50-h en el medio.
  2. Reclamos federales §1983: Los reclamos constitucionales bajo 42 U.S.C. §1983 generalmente tienen un plazo de prescripción de tres años en Nueva York y no están sujetos a la regla del Aviso de Reclamo en absoluto.

Como su caso puede incluir tanto reclamos estatales como federales, puede estar manejando dos relojes distintos a la vez. Es común combinarlos, y el plazo estatal es casi siempre el que lo obliga a moverse rápido. Si su asunto involucra arresto falso, brutalidad policial o fuerza excesiva, es probable que apliquen ambas vías.

Por qué el momento decide estos casos

La ventana de 90 días es implacable. Los tribunales pueden permitir un aviso tardío en circunstancias limitadas, pero eso nunca es algo con lo que contar. La vía confiable es preservar la evidencia y entregar el aviso correctamente y a tiempo.

Sullivan & Brill maneja esto desde el primer día para que nada caduque. Somos dirigidos por socios con ocho oficinas en Nueva York, y nos comprometemos a representarlo como uno de los nuestros. Los casos se manejan por contingencia, sin honorarios a menos que recuperemos para usted, y la consulta es gratuita y confidencial, disponible las 24 horas, los 7 días. Si una agencia de la Ciudad o el NYPD lo lesionó, contáctenos de inmediato, o lea nuestra descripción general de derechos civiles.

Preguntas sobre el Aviso de Reclamo que hacen los neoyorquinos

¿Qué pasa si pierdo el plazo de 90 días?

Su reclamo bajo la ley estatal puede quedar prohibido. Los tribunales pueden permitir un aviso tardío en situaciones limitadas, pero no hay garantía. Contacte a un abogado de inmediato, incluso si cree que el tiempo se agotó.

¿Es el Aviso de Reclamo lo mismo que presentar una demanda?

No. Es un documento requerido que se entrega antes de demandar a la mayoría de los demandados municipales. Después de entregarlo y, a menudo, asistir a una audiencia 50-h, presenta la demanda dentro de un año y 90 días del incidente.

¿Necesito un Aviso de Reclamo para un caso federal de derechos civiles?

No. Los reclamos federales §1983 no están sujetos a la regla del Aviso de Reclamo y generalmente permiten tres años. Los reclamos bajo la ley estatal contra la Ciudad todavía requieren el aviso de 90 días.

¿Qué es una audiencia 50-h?

Es un interrogatorio bajo juramento en el que el abogado de la Ciudad le hace preguntas sobre su reclamo antes de que proceda cualquier demanda. Su testimonio queda registrado, así que la preparación importa.

¿Pueden presentar el Aviso de Reclamo por mí?

Sí. Manejamos el aviso, lo entregamos a la parte correcta a tiempo y lo preparamos para la audiencia 50-h. La consulta es gratuita y confidencial, y trabajamos por contingencia.

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